SALTO, Febrero 22 (www.SaltoCiudad.com) Esta advertencia tiene como destinatarios a los papás que cometen infracciones a sabiendas, pero lo hacen de porfiados, por no dar el brazo a torcer.
El uso del casco no es opcional, es obligatorio, lo dice la ley y al no usarlo los motociclistas serán sancionados y el estado, al exigirlo protege sus intereses, porque en definitiva es el que paga los seguros.
Y también un motociclista que lleve más de un pasajero está en infracción y si debe llevar dos chicos al colegio, deberá hacer dos viajes, no hay excusas.
Recordando estas disposiciones de la Ley Nacional de Tránsito que rige en la Provincia de Buenos Aires, nos enviaron la siguiente gacetilla:
TRÁNSITO INFORMA
El Departamento de Tránsito y Control Urbano de la Municipalidad de Salto, ante el inminente comienzo del ciclo lectivo 2010, recuerda a la población que de acuerdo a lo establecido por la Ley 24.449 Artículo 77º Incisos P) y s) constituyen faltas graves:
* La conducción de vehículos transportando un número de ocupantes superior a la capacidad para la cual fue construido.
* La conducción de motocicletas sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario.
“Recuerde que su seguridad y la de sus acompañantes dependen del cumplimiento de las normas vigentes.”
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